Lavandería Autoservicio y Tintorería Lavaratic
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Lave su ropa por autoservicio o bien deje su ropa en buenas manos por encargo, también contamos con Ademas servicio de tintorería y por encargo.
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Tu nueva forma de lavar la ropa.
LAVANDERÍA LAVARATIC ofrece a todos sus clientes Lavandería INBOX tu nueva forma de lavar la ropa, ¿Mas Información? Solo por INBOX Autoservicio. Llévese en una hora limpia y secas todas sus prendas, con la libertad de elegir su propio horario, ya que LAVANDERÍA LAVARATIC es autoservicio. Ademas servicio de tintorería y por encargo. Nuestros locales disponen de todas las comodidades que necesite el cliente, mientras espera a que complete el ciclo de lavado y secado dispone de wifi abierto para su portátil, tablet o Iphon, dispone de sillas y mesa Al mismo tiempo encontrará unas instalaciones limpias e iluminadas. Todas las maquinas cuentan con las instrucciones básicas necesarias para poder completar su lavado con éxito. Nuestro propósito es ofrecer a todos nuestros clientes este gran y eficaz servicio. LAVANDERÍA AUTOSERVICIO LAVARATIC, el placer de lavar ahorrando mas!!! CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAVADO EN AGUA, SECADO Y/O PLANCHADO DE ROPA POR ENCARGO Y AUTOSERVICIO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CLAUSULAS. Por encargo: 1ª.- El Consumidor deberá: a) pagar en efectivo al ordenar el servicio o al recoger las prendas, a elección del consumidor, en moneda nacional o extranjera en el establecimiento del prestador el precio de contado consignado en el anverso de este contrato por la carga de ropa; b) recoger las prendas en la fecha convenida; c) verificar que son las mismas que entregó para su servicio; d) verificar que el servicio fue satisfactorio; e) las prendas para efectos de control, no serán entregadas en forma parcial; f) pagar por concepto de almacenaje, después de 30 días, el 1% sobre el valor del servicio por cada día que transcurra, en ningún caso el pago por el almacenaje excederá del monto total. En caso de que transcurran 90 días sin que el consumidor recoja su (s) prenda (s) el prestador se constituirá como acreedor prendario respecto de la (s) misma (s) pudiendo ejecutar la prenda de manera inmediata en términos de las disposiciones legales aplicables; g) en caso de no presentar la orden de servicio, exhibir una identificación oficial, comprobante de domicilio, firmar de recibido en la orden de servicio que obra en poder del prestador. 2ª.- El prestador no es responsable de: a) objetos o valores olvidados en las prendas; b) los daños que pudiera sufrir la prenda en caso de que ésta no cuente con instrucciones de lavado o sean erróneas; c) el deterioro de rellenos, entretelas y partes ocultas de la prenda; d) el estado de limpieza o planchado que guarden las prendas después de 30 días a partir del día pactado para su entrega. Asimismo no está obligado a eliminar las manchas que por su naturaleza sean insolubles. Tampoco será responsable por las manchas no perceptibles a la vista al momento de la recepción de la (s) prenda (s) y que surgieran durante el proceso que se describe en el anverso, tales como los residuos de perfumes, ácidos, desodorantes, o exudación; e) El prestador no es responsable de daños ocasionados por accesorios y/u objetos olvidados dentro de las bolsas de las prendas. 3ª.- Las prendas chicas que se reciben a granel no se revisarán excepto cobertores, edredones, sábanas, colchas, etc., en cuyo caso se hará la observación de las condiciones en que se recibe, fijando el límite de garantía o excusarse de hacer el servicio. Todo tipo de cortinas y prendas que por su naturaleza sean expuestas al sol o intemperie no serán objeto de garantía, lo cual quedará por escrito en el anverso de este contrato. El mismo procedimiento operará en caso de prendas que por su valor o características tengan el carácter de especiales, importadas o de alta costura. 4ª.- El prestador se obliga a: a) seguir las instrucciones de lavado y/o planchado contenidas en las etiquetas en idioma español; b) indemnizar en caso de deterioro total o pérdida, salvo causas de fuerza mayor, a su propietario hasta con un máximo del 60% del valor de la prenda que el consumidor pueda demostrar fehacientemente. No se incluyen en ésta garantía las prendas chicas que se reciben a granel; c) corregir sin cargo extra, las deficiencias en el servicio que el consumidor encuentre en el momento de recoger las prendas, aun cuando se haya subcontratado el servicio con terceros. La garantía se limita al cumplimiento del servicio solicitado y se hará válida en el establecimiento. Salida la carga de ropa del establecimiento no se admite reclamación por este concepto; d) entregar las prendas en el día pactado en la orden de servicio, salvo causas de fuerza mayor. e) Devolver el importe del servicio no realizado cuando previamente se haya cobrado. 5ª.- Son causas de terminación del presente contrato que: a)el consumidor antes de que se haya iniciado el proceso, avise al prestador que no quiere utilizar el servicio, y b) el prestador detecte que las prendas que constituyan las carga de ropa o sus accesorios pudieran sufrir daño. En estos casos no habrá indemnización para ninguna de las partes. Serán causales de rescisión del presente contrato que el prestador no cumpla con el periodo de entrega o en las próximas 24 hrs., si el trabajo no es urgente, o que el servicio prestado no corresponda notoriamente con lo pactado y no se haga efectiva la garantía, salvo por causas imputables al consumidor. Se establece como pena convencional para el prestador del servicio en caso de incumplimiento en fecha de entrega, el pago del 1% del valor del servicio por cada día que transcurra sin rebasar el monto total del servicio solicitado. Asimismo se establece como pena convencional para el consumidor el pago por concepto de almacenaje establecido en la cláusula 1ª. Inciso f de este contrato 6ª.- La recepción de este documento y la entrega de la (s) prenda (s) implican la aceptación del presente contrato. Para dirimir cualquier controversia las partes se someten a la vía administrativa de la Procuraduría Federal del Consumidor. Por autoservicio. 1ª.- El Consumidor deberá pagar al solicitar el servicio, en moneda nacional o extranjera en el establecimiento del prestador, el precio total del servicio que se indica en el anverso de este contrato. 2ª.- Se concede al consumidor el uso del equipo o maquinaria propiedad del prestador para que someta la carga de ropa para lavado y/o secado. La carga de ropa no excederá de la cantidad que se establezca en el instructivo de uso de la maquinaria o equipo, mismo que deberá estar a la vista del consumidor, así como de la que recomiende el prestador. 3ª.- El consumidor no será responsable por daños en el equipo o maquinaria durante su operación resultantes de vicios ocultos o falta de mantenimiento en el mismo, salvo que exista dolo, pandillerismo o negligencia de su parte. 4ª.- El precio de los jabones, detergentes y suavizantes de telas estarán a la vista del consumidor dentro del establecimiento. El consumidor podrá utilizar en el proceso los jabones, detergentes y suavizantes de telas de su propiedad, previa aprobación del prestador quien no le podrá negar la utilización de los productos a que se refiere esta cláusula, salvo que las especificaciones técnicas de la maquinaria o equipo establezcan el uso exclusivo de determinado producto. 5ª.- En virtud de que la maquinaria o equipo serán operados por el consumidor, este exime de toda responsabilidad al prestador por el daño o deterioro que sufrieren sus prendas durante el proceso de lavado y/o secado. Asimismo, las partes pactan que el proceso a que será sometida la carga de ropa, será sin garantía alguna. 6ª.- El prestador se obliga a mantener en buenas condiciones de uso y operación el equipo o maquinaria que por virtud de este contrato sea operado por el consumidor. En caso de que la maquinaria o equipo no se encontraren en estado de servir o no cuenten con el mantenimiento adecuado, el prestador será responsable de proporcionar otra máquina sin cargo adicional para concluir el proceso. 7ª.- Será causal de rescisión que el consumidor no siga las instrucciones y recomendaciones del prestador en lo que al uso del equipo se refiere. Es causal de terminación que el consumidor antes de iniciar la operación de la maquinaria o equipo exprese su deseo de no utilizarlos, debiendo el prestador reintegrarle la totalidad de las cantidades que haya pagado por ese concepto. Se establece como pena convencional para cualquiera de las partes contratantes en caso de incumplimiento, el pago del 1% del valor del servicio por cada día que transcurra sin rebasar el monto total del servicio solicitado. 8ª La recepción de este documento y el uso del servicio implican la aceptación del presente contrato, Para dirimir cualquier controversia las partes se someten a la vía administrativa de la Procuraduría Federal del Consumidor. 9ª.- fin del CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAVADO EN AGUA, SECADO Y/O PLANCHADO DE ROPA POR ENCARGO Y AUTOSERVICIO. Lavandería autoservicio LAVARATIC.